La Asociación Enfermería Comunitaria (AEC), junto a diferentes sociedades científicas, (Asociación Española de Enfermería Pediátrica, Asociación Española de Enfermería de Salud Mental, Asociación Nacional de Directivos de Enfermería, Federación de Asociaciones de Matronas de España y Sociedad Española de Enfermería Geriátrica y Gerontológica) han hecho público un escrito en el que quieren trasladar a la opinión pública y a las administraciones sanitarias su perplejidad y desacuerdo más absoluto ante las últimas sentencias dictadas en diferentes juzgados españoles (1) en las que se anulan los nombramientos de enfermeras como responsables de centros sanitarios.
Una perplejidad y desacuerdo a los que se une el CECOVA, dado que, tal y como indica el comunicado de la AEC y de dichas sociedades científicas, esta anómala, incoherente, desestabilizadora, irracional… situación viene determinada en todos los casos por las denuncias presentadas por el Sindicato Médico en las Comunidades Autónomas en las que se han dictado. Denuncias que paradójicamente contravienen los apoyos que en todos los casos han recibido las ahora enfermeras afectadas para dirigir los equipos multidisciplinares, lo que demuestra, por una parte, la estrategia excluyente de acoso y derribo permanente liderada por el Sindicato Médico, que no tiene otra justificación que la de obstaculizar cualquier decisión que comporte perder la exclusividad de la gestión. Es cierto que dicha estrategia es posible gracias a la vigencia de determinadas normativas preconstitucionales vigentes que dificultan o impiden los cambios que desde diferentes gobiernos autonómicos han propiciado para que puedan acceder otros profesionales que no sean médicos.
Por lo tanto, no se trata de un cuestionamiento de las competencias, capacidad o mérito de las enfermeras designadas y apoyadas por los equipos al entender que son las más idóneas para su desempeño y liderazgo, sino tan solo por una cuestión de corporativismo que va en contra de los más elementales criterios de idoneidad, eficacia y eficiencia desde los que, no tan solo dirigir a equipos de salud, sino también por el impacto que la buena gestión tiene en la población a la que se atiende desde los equipos. En consecuencia, se priorizan los intereses corporativistas a las necesidades tanto de los equipos como de salud de la ciudadanía.
Pero más allá de la incongruencia de tales actuaciones sindicales que, por otra parte, tienen un efecto de hipotética defensa laboral residual o nulo, cabe destacar la parálisis e inacción política de quienes tienen la competencia y con ella la posibilidad de derogar las normas preconstitucionales que sirven de argumento para dictar las sentencias. No se trata por tanto de criterios interpretativos de los jueces sino de impedimentos legales que se mantienen de manera incomprensible y que van en contra de la lógica, la razón, la ciencia y la conciencia.
A esta situación, ya de por sí preocupante, innecesaria e interesada, se une la negativa a reconocer el nivel A1 a las enfermeras. Negativa que responde al absurdo, por irracional y acientífico, inmoral, por lo que supone de ataque a la dignidad profesional enfermera, inequitativo, por lo que representa de establecimiento de una jerarquía que no por mantenida resulta menos perversa, e hipócrita y mentirosa por los argumentos que se utilizan y que suponen un ataque a la inteligencia.
Debe quedar claro que el posicionamiento de las sociedades científicas no obedece en ningún caso a una reivindicación laboral como a buen seguro recurrirán quienes lo impiden, sino a una petición razonada, científica y necesaria para lograr restablecer una situación tan injusta como incomprensible que, además, se utiliza precisamente como argumento para que las enfermeras no puedan acceder a los puestos de gestión que tanto por competencias, como por titulación, de idéntico valor académico que la del resto de disciplinas, incluida la de quienes se aferran al poder a toda costa, nos corresponde y nos habilita.
Ante todo ello, las sociedades científicas enfermeras, instamos a los poderes públicos competentes a que de una vez por todas procedan a regularizar una situación tan anómala como perversa e injustificable, que tiene un nocivo, tóxico, demoledor y evidente impacto en la necesaria eficacia de gestión de los equipos afectados y en la salud de las personas, las familias y la comunidad. Así mismo, la inacción comentada supone un gasto innecesario e irracional de recursos públicos al utilizar la justicia como instrumento para la defensa corporativista de quienes obstaculizan la gestión de las instituciones sanitarias y desautorizan las decisiones de los responsables sanitarios con criterios igual y exclusivamente oportunistas y corporativos.
La opinión pública, por su parte, debe ser consciente de que este tipo de actuaciones desestabilizadoras van en contra de su propia salud por mucho que se intente manipular con discursos demagógicos la realidad por parte de quienes utilizan la justicia en beneficio propio.
La salud es demasiado importante para jugar interesadamente con ella en base a ocurrencias y argumentos negacionistas que cuestionan la evidencia científica, la realidad social y profesional, la coherencia y el sentido común.
La salud no depende de ninguna titulación exclusiva y excluyente y debe estar amparada y defendida en base a criterios de capacidad y mérito que deben ser prioritarios a la hora de tomar decisiones.
Un juez de Terrassa ha anulado recientemente el nombramiento de dos enfermeras para cargos de gestión en un centro sanitario, lo que ha desatado las quejas del colectivo en Catalunya. El fallo tiene su origen en una demanda del sindicato mayoritario de médicos, Metges de Catalunya. https://www.eldiario.es/catalunya/justicia-impide-enfermera-dirigir-centro-salud-catalunya-desata-enfado-colectivo_1_10070847.html
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por el Gobierno de Navarra y el Colegio Oficial de Enfermería de Navarra sobre la titulación requerida para ocupar el puesto de director de centro de salud en la Comunidad foral, según ha informado el Sindicato Médico de Navarra (SMN) en una nota de prensa. https://www.redaccionmedica.com/secciones/derecho/el-supremo-sentencia-que-solo-los-medicos-pueden-dirigir-centros-de-salud-6622
Una sentencia de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura establece que los enfermeros no pueden dirigir los centros de salud y que únicamente los médicos pueden asumir esa responsabilidad. https://www.canalextremadura.es/noticias/extremadura/el-tsjex-sentencia-que-los-enfermeros-no-pueden-dirigir-centros-de-salud